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Las leyes en Cuba están escritas, pero se aplican de forma selectiva y discriminatoria. Éstas dos imágenes (existen miles) demuestran que en las paredes de los organismos e instituciones públicas de todo tipo, sí se puede pintar o rotular insignias, propagandas, grafitis y cuanta cosa se le ocurra al PCC aunque no cumplan con ninguna regulación urbanística.
Les cuento todo esto porque yo como miembro de la iglesia Metodista de Jagüey Grande, Matanzas. Me duele que no le podamos poner en el frente del templo un letrero que diga. “IGLESIA METODISTA”. Varias veces nuestro pastor ha hecho la gestión para que “alguien” autorice a poner dicho letrero. Las últimas veces, en sus visitas a planificación física se atrevieron a decirle: «¿para que usted quiere ponerle un cartel si todo el mundo sabe que esa es la Iglesia Metodista de Jagüey?»
Otra de las justificaciones fue que no se puede pintar directamente en las paredes, que puede hacerlo en una valla con unas medidas normadas según la ley de planificación física. A eso súmale que esa valla no se consigue legalmente en Cuba en ningún lugar, sería a través de la bolsa negra para obtenerla; pero eso es otro tema.
Sin embargo, este municipio está lleno de rótulos y carteles por todas partes y ninguno cumple con lo que establece la ley que nuestra Iglesia si debe cumplir. Si pintamos la pared del templo es muy probable que alguna sanción se invente y que de seguro haya que repintar la pared para que no se vea el letrero. Pero… ¿Quién sanciona a los que han pintado chapuceramente a Cuba entera violando su propia ley?
Alexei Games
S+
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