Constitucionalismo retrógrado.

Por: Germán M. González.

El constitucionalismo cubano puede datarse desde 1812 con la promulgación de la Constitución para el imperio español (Cuba incluida). Joaquín Infante elaboró un proyecto constitucional republicano ese año ante el fracaso de la Conspiración de Román de la Luz. Cuando el Estatuto Real de 1834 sustituyó la Constitución de Cádiz, se redactó una Constitución Autonómica (1).

Hubo varias constituciones de la República en Armas: Guáimaro en 1869, Baraguá en 1878 la cual tuvo solo cinco artículos y adoptó la legislación anterior, Jimaguayú en 1895 y por su mandato La Yaya en 1897 y la Constitución de Narciso López en 1850 que precedió a todas estas mencionadas (1).

El programa del Partido Revolucionario Cubano fundado bajo el ideal martiano, mostró madurez de pensamiento sobre las bases institucionales de la República. Esta madurez y coherencia eran naturales de José Martí quien estudió a Locke, Montesquieu, Jefferson, Franklin, y fue dmirador de las instituciones británicas, francesas y estadounidenses exclamando en 1885: “Yo esculpiría en pórfido las estatuas de los hombres maravillosos que fraguaron la Constitución de los Estados Unidos de América; y para evitar copias irreflexivas: Por eso dura esta Constitución: porque, inspirada en las doctrinas esenciales de la naturaleza humana, se ajustó a las condiciones especiales de existencia del país a que había de acomodarse, y surgió de ellas”.

Consecuentemente, la República nació con una Constitución moderna que refrendó derechos fundamentales: el hábeas corpus en el artículo 16, la libertad de expresión en el artículo 25, los derechos de reunión y de asociación se plasmaron en el artículo 28 y la libertad de movimiento se consagró en el artículo 29. Esos derechos -libertades universales, indivisibles, sagrados e inalienables- constituyen los cimientos de la participación ciudadana y de la soberanía popular.

Los derechos en ella recogidos, fueron proclamados por la Declaración Universal de Derechos Humanos cuarenta y siete años después. El primer proyecto depositado en el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas para la elaboración de esta, fue presentado por la delegación cubana. Esas concepciones abrieron paso a la modernización y ampliación del reconocimiento de derechos en las primeras décadas republicanas y a la constitución de organizaciones de género, laborales, estudiantiles etc., que lucharon por ellos exitosamente.

Bajo ese amparo constitucional se desarrolló la República con las interrupciones causadas por intentos continuistas: Estrada Palma en 1906 originando la segunda intervención estadounidense y Machado con su intento de prórroga de poderes y de cambios constitucionales efímeros.

La República nacida en 1902 no resultó ser exactamente por la que se había luchado aunque Cuba se incorporó a la comunidad internacional con personalidad jurídica, se neutralizó la anexión, se derogó la Enmienda Platt y las luchas de fuerzas progresistas y nacionalistas (constituyente primero, elecciones después) desembocaron en la Constituyente. De esta emergió la Constitución de 1940 como fruto de más de un siglo de tradición y una coincidencia impresionante con el pensamiento martiano.

Los asambleístas electos (77) representaban 9 partidos. El bloque gubernamental (incluía el Partido Socialista Popular, estalinista) 35, el bloque de la oposición 43. Resulta incierto que los aspectos progresistas de la Constitución se alcanzaron gracias a los estalinistas, fueron solo seis sus representantes (7,8%).

Es importante destacar que la Constitución de 1940 tuvo las siguientes características:
– Nacionalismo humano, justicia social solidaria, democracia de amplia participación, el sistema semi parlamentario impedía caudillismo, normativas para combatir el peculado, las malversaciones y otras corrupciones, sistema de educación libre, democrático y nacionalista, escuelas privadas permitidas pero asignaturas clave tenían que impartirse por docentes cubanos laicos, establecimiento de derechos fundamentales anticipándose en ocho años a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, limitación temporal de mandatos, proscripción de la pena de muerte excepto para militares por traición y adelantándose a su tiempo habla del matrimonio entre “cónyuges” sin mencionar género.

La vigencia de la Constitución de 1940 no llegó a tres mandatos presidenciales. Luego de once años y cinco meses, el auto bautizado y auto ascendido General Fulgencio Batista interrumpió el orden constitucional apoyado por minúsculos sectores políticos, el ejército y la delincuencia organizada estadounidense e implantando los llamados Estatutos Constitucionales auto otorgándose poderes omnímodos. “Electo” en elecciones no aceptadas por el país en 1955, restituyó la Constitución como fachada para un régimen despótico y corrupto, un “Estado de corte delictivo” como lo llamó Enrique Cirules.

Derrocado Batista, se dictó la Ley Fundamental otorgando al Consejo de Ministros los tres poderes (legislativo, ejecutivo y judicial). El poder absoluto fue para Fidel Castro quien era el Primer Ministro que designaba a los demás. Esa situación “provisional” duró 17 años causando miles de fusilados (menos del 10% “esbirros” batistianos), cientos de miles de presos y más de un millón de exiliados.

Este período se caracterizó por la inserción de Cuba al campo socialista implicando compromisos en el orden económico, militar y político. En lo económico se implantó la economía centralmente “planificada” y la integración al CAME (7). En lo militar, los soviéticos armaron, calzaron, vistieron, entrenaron, adoctrinaron y dieron información de inteligencia a más de un millón de elementos que derrotaron a quienes reclamaban la prometida restitución de la Constitución y su Ley Electoral, luego cobraron utilizando esas Fuerzas Armadas para sus intereses geopolíticos en cualquier lugar del mundo. En lo político, significó la implantación de una constitución calcada de la soviética como en el resto del campo socialista.

Existen similitudes y diferencias entre el comportamiento de Fulgencio Batista y Fidel Castro. El primero sustituyó la Constitución por Estatutos Constitucionales que le concedieron amplísimos poderes, pero la restituyó en 1955 presionado y sin respaldo popular ni internacional, pues al contrario de lo que se afirma, el gobierno estadounidense siempre lo tuvo “en la mira”: demoró 17 días en reconocer su gobierno, en marzo de 1958 le embargó todas las compras y asesoría militares y a fines de ese año lo amenazó de retirarle la representación si no renunciaba inmediatamente (8).
Fidel Castro en lugar de restaurar la Constitución plenamente, dictó la Ley Fundamental vigente durante 17 años y luego implantó la copia soviética en 1976. Obviamente no se cumplieron los pasos establecidos en los artículos 285 y 286 de la Constitución de 1940 confeccionada por constituyentes electos libremente y aprobada en referendo libérrimo, por lo tanto, aun legalmente en vigor. El argumento de la discusión y aprobación con noventa y tanto por ciento en 1976, es absurdo, pues a 17 años de gobierno unipersonal, fusilados, presos o exiliados los oponentes, con monopolio de los medios y las direcciones de las organizaciones políticas y de masas designadas por el propio poder unipersonal, con comisiones para filtrar las propuestas incómodas… ¿de qué discusión democrática puede hablarse?

Para describir la República el 10 de marzo de 1952, previo al pustch batistiano, damos la palabra a Fidel Castro (6):
“Os voy a referir una historia. Había una vez una República. Tenía su Constitución, sus leyes, sus libertades, Presidente, Congreso, Tribunales; todo el mundo podría reunirse, asociarse, hablar y escribir con entera libertad. El gobierno no satisfacía al pueblo, pero el pueblo podía cambiarlo y ya solo faltaban unos días para hacerlo. Existía una opinión pública respetada y acatada y todos los problemas de interés colectivo eran discutidos libremente. Había partidos políticos, horas doctrinales de radio, programas polémicos de televisión, actos públicos, y en el pueblo palpitaba el entusiasmo”. A confesión de partes…

Las constituciones soviéticas (tres en setenta años) pudieron resultar pasos de avance tras el absolutismo zarista en Rusia o la burocracia milenaria en nombre de un emperador invisible en China, pero no en Cuba. La constitución unipartidista con preponderancia absoluta de un 5% de los cubanos afiliados a ese partido -sin división de los poderes del Estado, sin límites de tiempo a los mandatos, coartadora de derecho de opinión, asociación, información, generadora de autocracia, inmovilismo, burocracia y otros muchos males- representa una regresión histórica que ha repercutido desastrosamente en el deterioro socioeconómico que muestra el país, reconocido por el partido y gobierno en su último documento programático (9) donde paradójicamente propone como remedio “más de lo mismo”.

Como hasta el propio Carlos Marx en toda su obra establece la vinculación recíproca entre la base y la superestructura -en este caso las constitución y demás cuerpo legal existente- y tomando en cuenta el susodicho documento -aunque históricamente el partido y gobierno ha hecho poco caso de sus programas y legislación- puede adelantarse el análisis de dónde ha llevado a Cuba y su diáspora y las consecuencias de lo propuesto para el futuro por la gerontocracia en tránsito hacia el mutis final.

(1) ECURED
(2) Obras Completas t10 p183
(3) Ídem t4 p375
(4) Ídem t9 p308
(5) Constitución de la República de Cuba 1940 en Internet.
(6) La Historia me absolverá. Edición digital (2003).
(7) Consejo de Ayuda Mutua Económica, entelequia del “socialismo real” europeo.
(8) Pérez Louis A. Cuba and the United States y prensa de la época.
(9) Conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista (prólogo).

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